A
pesar de los ríos de tinta sobre ella sólo hay un hecho objetivo, por
doloroso que resulte, y es que la Segunda República constituyó un
fracaso. Sí, fue un fracasó. No sobrevivió y, ya sea como régimen
político ya sea como proyecto político-social-econónomico, desapareció.
En estricto sentido ella no fracasó, su desenlace constituyó un fracaso
pero no fracasó. Si alguién fracasó no fue la institución sino sus
valedores e impulsores. No fueron capaces de garantizar su supervivencia
ejecutando con éxito su proyecto a pesar de los obstáculos que
aparecieron en su camino.
En
la presente entrada voy a realizar un análisis de dicho fracaso. Si
alguien está esperando conclusiones deterministas que consideren dicho
fracaso como algo inevitable, que se desengañe ya mismo. Nuestro
experiencia republicana del siglo XX podía haber tenido éxito. Es verdad
que algunas de las circunstancias que la rodearon escaparon a su
control, como la polarización ideológica del periodo de entreguerras o
la depresión de los años treinta, pero también es cierto que otras
podían haber ido por otros derroteros si los políticos republicanos y
sus grupos afines hubiesen, por ejemplo, manejado los tiempos de forma
distinta. No pretendo realizar un planteamiento "contrafactual". No creo
en ese método de investigación: fijar una alternativa histórica
objetiva es prácticamente imposible sin entrar en monocausalidades y en
planteamientos partidistas; además, medir su éxito es prácticamente
imposible.
Las Segunda República: un acercamiento al régimen político y su proyecto.
¿Qué fue la Segunda República? ¿Qué representó para sus contemporáneos?
Debemos
iniciar nuestro análisis rechazando todo tipo de extrapolación y
proyección de nuestro presente sobre el pasado republicano. Ello sólo
puede llevarnos al partidismo y a la manipulación histórica.
Según el diccionario de la Real Academia de la Lengua (edición de 2014) la palabra república tiene las siguientes acepciones:
- "Organización del Estado cuya máxima autoridad es elegida por los ciudadanos o por el Parlamento para un período determinado".
- "En algunos países, régimen no monárquico."
- "Estado que posee este tipo de organización o de denominación."
- "Cuerpo político de una sociedad."
- "Causa pública, el común o su utilidad."
- "Irón. Lugar donde reina el desorden."
De
partida nos olvidaremos de las acepciones 4 y 5 pues considero que
salen fuera de lo que estamos tratando en esta entrada. Las acepciones
1, 2 y 3 muestran que la palabra una república no es más que un tipo de
régimen político con unas características muy determinadas . Mientras
que la segunda hace hincapié en la misma como una alternativa a la
"Monarquía" en la primera se hace hincapié en el carácter electivo del
jefe del Estado. En España por contraposición a la monarquía
constitucional oligárquica del periodo isabelino, de la Restauración y
del periodo alfonsino el carácter electivo de la Jefatura del Estado se
hizo extensivo a un supuesto carácter democrático del sistema
republicano. Sabemos que dicho carácter democrático no es un necesidad
histórica pues muchos son los ejemplos que lo desmienten: la Primera
República en su segundo año de existencia (1874); dictaduras derechistas
envueltas en regímenes políticos republicanos (Argentina, Chile....);
regímenes comunistas (repúblicas democráticas)... La tercera acepción
hace referencia a la conjunción de la 1 y 2 como base del régimen
político que recibe dicha denominación.
Como
ya he comentado el régimen político republicano se convirtió en una
alternativa política democrática que atrajo a todos aquellos grupos
políticos ajenos a la alternancia restauracionista y a todos aquellos
que constataron con frustración la incapacidad del anterior para
evolucionar hacia una democracia real tanto de carácter político como
social (en este sentido no había mucha diferencia con muchos de los
revolucionarios europeos de 1848). Igualmente los postulados
regeneracionistas vieron en ella, de forma mayoritaria, el medio para la
modernización integral de España tras el fracaso de las tentativas
monárquicas en este sentido (incluida la Dictadura de Primo de Rivera).
El
fracaso de los dos experimentos republicanos españoles, con fuertes
desórdenes durante su existencia (guerras coloniales, carlista y
cantonalista para la Primera y Guerra Civil para la Segunda) nos
conducen a la sexta acepción de nuestro diccionario. Indudablemente, su
origen se encuentra en los detractores del sistema republicano que la
ven como una fuente de anarquía y caos.
¿Cuáles
fueron las líneas de actuación del proyecto de la Segunda República? La
respuesta es breve y sencilla: la superación de la política, sociedad y
economía del régimen monárquico alfonsino y calmar las fuertes
tensiones de la España del primer tercio del siglo XX. Para ello se
debería llevar a cabo una modernización integral del país que lo
metiesen definitivamente en la Edad Contemporánea. Concretarlo ya fue
más difícil aunque lo vamos a intentar partiendo de las medidas tomadas
durante el primero periodo republicano:
- Democraticación real de la política española. Ello se conseguiría parcialmente con la Ley Electoral del 25 de abril de 1931 en la que buscó la desaparición del sistema caciquil. Aún así su éxito fue solo parcial pues todavía en numerosas regiones españolas pervivieron los mecanismos de dominación social y económica que había constituido su sustento.
- La laización del estado y la sociedad española, sobre todo la completa separación de la Iglesia con el Estado. Su plasmación la tenemos en las medidas tomadas para la secularización de cementerios (decreto de 30 de enero de 1932) y hospitales; la laización de la enseñanza (decreto de 5 de mayo de 1931), la vida social y la legislación familiar (ley de divorcio de 2 de febrero de 1932), la proclamación de la libertad de cultos (15 de abril de 1931)... Su sustento constitucional fue el artículo 26 de la Constitución de 1931. Con él llegarían también alguno de los viejos anhelos del liberalismo hispano más progresista: disolución de los jesuitas (23 de enero de 1932) y al Ley de Confesiones y Congregaciones Religiosas (25 de mayo de 1933)
- La descentralización de la administración territorial. Mucho se ha debatido del alcance de las aspiraciones descentralizadoras de los grupos políticos que sustentaban a la Segunda República. Parece que estas eran inicialmente limitadas (el Estado integral), buscando calmar las aspiraciones catalanas en este sentido (aprobación del estatuto el 2 de septiembre de 1932) manteniendo la coesistencia entre la descentralización localizada en Cataluña, País Vasco y Galicia y la centralización del resto del territorio nacional.
- Garantizar una legislación social y laboral de corte progresista. Como ya se sabía la democratización no podía ser completa ni real sin una política que garantizase los derechos sociales y laborales a la clases más desfavorecidas. Ello se vio reforzado por el apoyo prestado por organizaciones políticas obreras (PSOE) al cambio de régimen que buscaban no sólo una gestión social y laboral más justa sino también despertar la conciencia de clase de dichos colectivos. Partiendo de ello se llevó a cabo una regulación de las relaciones laborales, incluyendo el mundo agrario: Ley de Contratos de Trabajo de 21/11/1931; Ley de Jurados Mixtos de 27/11/1931; Decreto de Términos Municipales de 20/04/1931... En ellas también se establecían medidas tanto para mejorar las condiciones laborales de los asalariados (jornada de 8 horas o vacaciones pagadas) como para legalizar el derecho a la huelga.
- La reestructuración de la propiedad agraria. En la misma línea que el punto anterior los republicanos y sus grupos afines defendieron una restructuración de la propiedad agraria o por lo menos del usufruto del suelo de cultivo. Iba más allá de un deseo de redistribución de la propiedad, buscaba enmendar los resultados de una revolución liberal nefasta para los grupos sociales más pobres del campo. Las posibles consecuencias de la revisión del derecho de propiedad, en este caso de bienes raíces, serían una fuente de división que darían al traste con la principal actuación en este sentido: la Ley de Reforma Agraria (9 de septiembre de 1932). Sin embargo no fue la única acción legislativa de calado en este sentido: Ley de Deshaucios (29/04/1931), Decreto de Laboreo Forzoso (7/5/1931) y Decreto de Asociaciones de Obreros Agrícolas (7/5/1931).
- La desmilitarización de la vida política española. El liberalismo español fue "liberalismo de espadones" (Raymond Carr) debido al raquitismo de sus apoyos sociales y económicos. Los militares habían ejercido una fuerte tutela sobre los distintos regímenes liberales entre 1836 y 1931 en uno o en otro sentido. Sin desmerecer del deseo de modernizar unas fuerzas armadas ineficientes y corruptas el objetivo último era devolver de una vez por todas a los militares a sus cuarteles, de los que habían estado saliendo continuamente desde 1814. Había que republicanizar al ejército.
La
supervivencia de la República, con lo que ello suponía, y la
pervivencia de su proyecto serán el mejor indicador de su éxito o
fracaso. Lo cierto es que el régimen republicano democrático había
desaparecido para el 1 de abril de 1939 y las medidas que lo encarnaron
habían sido removidas en los años siguientes. El fracaso había sido
total. Sin embargo debemos dejar claro que este fracaso fue únicamente
de resultados inmediatos, no lo fue ni intenciones ni de visión de
futuro. La mejor muestra es que nuestra sociedad ha recogido lo esencial
de dicho proyecto y lo tiene normalizado e interiorizado. Algunas
cuestiones como la reforma agraria han perdido vigencia y urgencia
debido al éxodo rural. Aunque algunas otras quedan pendientes de debate,
como el régimen monárquico, han perdido gran parte de su significado
democratizador. El éxito del proyecto republicano de los años treinta se
alcanzó ya sin la República.
Habría entonces que preguntarse ¿por qué la Segunda República constituyó un fracaso? Intentaremos aclararlos en próximas entradas.